¡Únete a la APC!

Podrán asociarse a la APC todas y todos los cooperantes que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad.
  • Trabajar, haber trabajado o tener intención de trabajar como desplazado en un país receptor de cooperación internacional al desarrollo.
  • Satisfacer las cuotas de ingreso y anualidades que se establezcan.
  • Tener interés en el desarrollo de los fines de la asociación. 

Las condiciones básicas para mantener los derechos de asociado o asociada dentro de la Asociación Profesional de Cooperantes son:

  • Estar al día en el pago de las cuotas.
  • Respetar, cumplir y hacer cumplir los acuerdos legítimamente tomados por los órganos de gobierno de la APC. 
  • Mantenerse en activo como cooperante en los términos descritos por el artículo 28 de nuestros estatutos, de tal manera que aquellas personas cooperantes que dejaran de realizar actividades profesionales relacionadas con la cooperación al desarrollo o la ayuda humanitaria en países receptores de ayuda podrán permanecer como socios/as de pleno derecho de la APC o, incluso, asociarse a la misma siempre que: 
  • El período de inactividad como cooperante no haya excedido el número de años trabajados como profesional de la cooperación, para aquellos cooperantes que lo hayan sido por un período inferior o igual a cinco años.
  • El período de inactividad como cooperante no haya excedido el doble del número de años como profesional de la cooperación, para aquellos cooperantes que lo hayan sido por un período superior a cinco años e inferior o igual a diez años.
  • Aquellos cooperantes que hayan desarrollado, como tales, sus actividades profesionales en el extranjero por un período superior a diez años podrán permanecer como socios fundadores o de número de la asociación de forma indefinida.